
En alquiler, el horno es uno de los equipos que genera más desacuerdos entre inquilinos y propietarios en el momento de una avería o un reemplazo. La distribución de los gastos depende de criterios precisos: el tipo de contrato (vacío o amueblado), la naturaleza de la falla (desgaste normal o mal uso) y lo que menciona el estado de la vivienda al inicio del alquiler.
Cuadro de antigüedad y estado de la vivienda: los dos documentos que resuelven el litigio
Antes de saber quién paga, es necesario entender el papel de dos documentos que a menudo se pasan por alto al firmar el contrato. El primero es el estado de la vivienda al inicio del alquiler. Este documento describe el estado de cada equipo en el momento de la entrega de llaves. Si el horno figura como funcional y en buen estado, el inquilino deberá devolverlo en un estado comparable, teniendo en cuenta el desgaste normal.
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El segundo documento es el cuadro de antigüedad. Anexado al contrato o establecido por acuerdo entre las partes, fija un porcentaje de desgaste anual para cada categoría de equipo. Un horno utilizado durante ocho años en condiciones normales habrá perdido la mayor parte de su valor. El inquilino no puede ser facturado al precio de uno nuevo por un aparato viejo.
Cuando el estado de la vivienda al inicio del alquiler no menciona explícitamente la edad o el estado del horno, la jurisprudencia protege al inquilino. Según el barómetro de litigios de alquileres 2025 de la ANIL, los inquilinos obtienen la razón en más del 70 % de los casos para los reemplazos de hornos viejos en esta situación. Comprender los gastos de reemplazo de un horno en alquiler pasa, por lo tanto, primero por una lectura atenta de estos documentos.
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Obligación del propietario: reemplazo del horno en alquiler vacío y amueblado
El marco jurídico varía según si la vivienda se alquila vacía o amueblada, y esta distinción cambia radicalmente la carga financiera.
Alquiler amueblado
En un alquiler amueblado, el propietario pone a disposición una vivienda equipada. El horno (o el microondas) figura en la lista de equipos obligatorios establecida por decreto. El propietario debe reemplazar a su costa cualquier aparato defectuoso por desgaste normal o antigüedad. El inquilino no puede ser obligado a asumir el costo de un reemplazo relacionado con el envejecimiento del aparato.
La ordenanza del 20 de octubre de 2023 ha reforzado esta protección al prohibir las cláusulas abusivas que trasladan sistemáticamente el reemplazo de aparatos como el horno al inquilino, incluso en alquiler amueblado.
Alquiler vacío
En un alquiler vacío, el propietario no tiene ninguna obligación de proporcionar un horno. Si instala uno voluntariamente y el contrato lo menciona como equipo de la vivienda, deberá asegurarse de su reemplazo en caso de avería relacionada con la antigüedad. Si el horno ha sido aportado por el inquilino, la carga recae íntegramente sobre él.
Mantenimiento del horno: lo que queda a cargo del inquilino
El decreto del 26 de agosto de 1987 enumera las reparaciones locativas, es decir, las operaciones de mantenimiento y pequeñas reparaciones que el inquilino debe asumir. Para un horno, esto cubre intervenciones específicas:
- La limpieza regular de la cavidad, las rejillas, el cristal y las juntas de la puerta para prevenir la acumulación de suciedad y sobrecalentamientos
- El reemplazo de las piezas de desgaste común: bombilla del horno, juntas de la puerta, botones de control
- El descalcificado y mantenimiento de las resistencias accesibles, según las recomendaciones del fabricante
El mantenimiento regular nunca cubre el reemplazo completo del aparato. Cuando la avería afecta a un componente estructural (tarjeta electrónica, resistencia principal, termostato interno), el costo de la reparación corresponde al propietario si el aparato le pertenece.
Avería por culpa del inquilino: una situación que invierte la carga
El principio cambia cuando el horno se avería debido a un uso anormal o a un defecto de mantenimiento manifiesto. Un horno cuya cavidad nunca ha sido limpiada y cuya resistencia se ha quemado por acumulación de grasas carbonizadas constituye un caso clásico de negligencia.
En esta hipótesis, el inquilino asume el costo de la reparación o del reemplazo, independientemente del tipo de contrato. Sin embargo, el propietario deberá probar la culpa. Las fotos del estado de la vivienda al salir, comparadas con las de entrada, sirven de base para esta demostración.
En la práctica, las comisiones departamentales de conciliación han constatado un aumento de los litigios sobre este tema desde 2024, a menudo relacionado con cláusulas de contratos ambiguas sobre la antigüedad. Antes de iniciar un procedimiento, acudir a la comisión local sigue siendo el recurso más rápido y menos costoso.
Reflejos concretos para evitar el conflicto sobre el reemplazo de un horno
Algunas prácticas reducen los riesgos de litigio en el momento de la avería:
- Fotografiar el horno desde todos los ángulos durante el estado de la vivienda al inicio del alquiler, anotando la marca, el modelo y el año de fabricación si es visible
- Conservar las facturas de mantenimiento o de reemplazo de piezas de desgaste (juntas, bombillas) para probar el buen uso
- Verificar si el contrato contiene un cuadro de antigüedad anexado y, en caso contrario, solicitar su inclusión mediante un anexo
- Informar de cualquier avería por escrito (carta recomendada o correo electrónico con acuse de recibo) para fijar la fecha del aviso
Un aviso por escrito protege al inquilino contra el agravamiento de la avería. Si el propietario tarda en intervenir y el daño se extiende, su responsabilidad puede verse comprometida por los daños adicionales.
La distribución de los gastos sobre un horno en alquiler se basa en tres elementos verificables: el tipo de contrato, el estado de la vivienda al inicio del alquiler y la causa de la avería. Mantener un registro escrito de cada intercambio y de cada mantenimiento realizado sigue siendo el medio más fiable para hacer valer sus derechos, ya sea como inquilino o propietario.